1. Blanqueo para funcionarios: La ventana de impunidad que se mantiene
El Gobierno nacional giró este viernes a la Cámara de Diputados el proyecto de reforma de la ley de Inocencia Fiscal. Tal como se había anticipado, el texto preserva la posibilidad de que los funcionarios públicos en ejercicio puedan adherirse a este régimen, el cual impide la investigación sobre el origen de los fondos regularizados.
Esta medida repite la estructura de la primera versión de la norma, aprobada en diciembre de 2025. Aquella ventana legal fue utilizada por el ex jefe de Gabinete Manuel Adorni, quien adhirió al régimen para frenar investigaciones sobre el incremento de sus ingresos durante la función pública.
El proyecto también conserva el principio de presunción de exactitud: ARCA (ex AFIP) dará por válida la declaración del contribuyente sin exigir verificaciones previas. De este modo, quien regularice dinero no registrado pagará una alícuota reducida del impuesto a las Ganancias y quedará exento de auditorías patrimoniales retroactivas o futuras.
2. Eliminación de topes: De la retórica del «laburante» a los grandes capitales
A diferencia de la ley original —que fijaba límites de acceso presentados formalmente como un beneficio para pequeños ahorristas—, la reforma elimina de manera definitiva todos los topes montarios.
La normativa vigente establece límites máximos de ingresos anuales de $1.000 millones (aproximadamente U$S 660.000) y un patrimonio de hasta $10.000 millones (alrededor de U$S 6,6 millones). Con la eliminación de estos techos, el Ejecutivo argumenta una «democratización del acceso» al sistema tributario, abriendo la puerta a la regularización de montos ilimitados.
3. Trabas a las auditorías de ARCA y facilidades para rectificar
Tras reuniones entre el ministro de Economía, Luis Caputo, y estudios contables especializados en grandes patrimonios, el texto incorpora mayores restricciones para que el organismo recaudador pueda iniciar fiscalizaciones por inconsistencias.
Actualmente, ARCA está autorizada a auditar cuando detecta una discrepancia del 15% entre sus estimaciones y la presentación del contribuyente. La reforma añade un requisito acumulativo: el reclamo solo podrá proceder si la diferencia supera el equivalente al 5% del monto establecido para la evasión penal ($5 millones de pesos).
Adicionalmente, el proyecto establece que, ante cualquier inconsistencia detectada, el contribuyente tendrá la opción de rectificar su declaración y abonar la diferencia antes de ser sujeto a sanciones o multas.
4. Un régimen a la medida de la gran evasión
La reforma de la ley de Inocencia Fiscal consolida un esquema orientado al blanqueo de grandes capitales no registrados. Al eliminar los controles sobre el origen de los fondos y limitar la capacidad de fiscalización del Estado, la iniciativa impulsada por la gestión de Javier Milei amplía las garantías de impunidad para los sectores de mayores ingresos y los propios integrantes de la administración pública.





